Arraigo Socioformativo en España (2025): Residencia legal mientras estudias y trabajas

La reforma del Reglamento de Extranjería aprobada en noviembre de 2024, y vigente desde el 20 de mayo de 2025, trae consigo grandes novedades para los trámites migratorios en España. Una de las figuras más innovadoras y accesibles es el arraigo socioformativo, un permiso de residencia temporal que permite a personas extranjeras regularizar su situación mientras cursan una formación oficial. Esta modalidad combina integración social, capacitación profesional y acceso al mercado laboral.

¿Qué es el arraigo socioformativo y por qué es relevante?

El arraigo socioformativo sustituye al antiguo «arraigo por formación» y se ha diseñado para facilitar la integración efectiva de los migrantes. Según la normativa SEM 1/2025, requiere una residencia mínima de dos años continuados en España, además de matricularse o comprometerse a realizar un curso profesional válido. Su principal innovación: permite trabajar hasta 30 horas semanales durante el periodo formativo.

Este permiso refleja un giro importante: el modelo migratorio se abre a quienes quieren capacitarse y tener actividad legal, incrementando sus posibilidades reales de inserción socio-laboral.


Requisitos esenciales

  1. Residencia continuada por al menos 2 años, con ausencias inferiores a 90 días naturales en total.
  2. Sin antecedentes penales, en España ni en países anteriores a los últimos cinco años.
  3. Compromiso de formación en centro homologado: cursos oficiales de FP, certificados profesionales (niveles 1, 2 o 3), o formación vinculada al mercado laboral y ocupaciones demandadas.
  4. Informe de integración social, emitido por servicios sociales o ayuntamientos, que demuestre vínculos y compromiso con la comunidad.
  5. Pago de la tasa (modelo 790, código 052) y presentación del formulario EX‑10 en duplicado y firmado.

¿Qué formación es válida?

Las modalidades aceptadas incluyen:

  • Ciclos de Formación Profesional de grado medio o especializado.
  • Certificados profesionales (niveles 1, 2 y 3) en modalidad presencial o semipresencial (mínimo 50% presencial).
  • Programas educativos promovidos por el SEPE vinculados a ocupaciones en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura.

Atención: no se incluyen estudios universitarios ni microcursos sin título oficial.

Trabajo durante la formación

Una de las grandes ventajas: con este permiso puedes trabajar hasta 30 horas/semana mientras estudias, siempre que el salario cumpla con el Salario Mínimo Interprofesional o las condiciones del convenio aplicable, proporcional a la jornada laboral.

Este escenario abre nuevas oportunidades para combinar formación, ingresos y estabilidad legal.

Procedimiento para solicitarlo con Migración Legal

Paso 1: Contacta con nuestro equipo para valorar tu caso. Te ayudamos a reunir toda la documentación necesaria: pasaporte vigente, empadronamiento histórico y certificados de antecedentes penales, tanto de España como de tu país de origen.

Paso 2: Te orientamos sobre qué formación elegir según tu perfil y nos encargamos de gestionar tu matrícula o compromiso de inscripción en centros homologados, asegurando que cumpla con la normativa actual.

Paso 3: Preparamos y presentamos por ti el formulario EX‑10, gestionamos el pago de tasas (modelo 790) y nos encargamos de presentar toda la solicitud en Extranjería, ya sea presencialmente o a través de la sede electrónica Mercurio.

Paso 4: Hacemos seguimiento constante del expediente. La administración tiene un plazo de 3 meses para resolver. Si hay retrasos o incidencias, actuamos a tiempo para evitar denegaciones por defecto.

Paso 5: Una vez obtenida la resolución favorable, te acompañamos en el proceso de formalizar tu matrícula definitiva en un plazo de 3 meses, evitando cualquier riesgo de revocación del permiso.

Renovación y continuidad

La autorización es válida por un año y puede prorrogarse si:

  • Continúas en formación o avanzando en ella.
  • Has obtenido el título o certificado y consigues un contrato de trabajo relacionado.
  • Estás activamente buscando empleo y estás inscrito como demandante en SEPE.

¿Quién se beneficia más con este permiso?

  • Personas que han residido irregularmente en España por al menos dos años.
  • Quienes buscan una oportunidad legal mientras se forman en sectores con demanda (sanidad, administración, hostelería, cuidado, comercio).
  • Estudiantes que desean trabajar durante su formación sin perder la vía legal.
  • Aquellos con dificultades para cumplir los requisitos laborales tradicionales del arraigo sociolaboral.

Cuidados a tener en cuenta

  • Algunos ayuntamientos tardan mucho en emitir el informe de integración social, lo que puede retrasar la solicitud.
  • Cambiar de curso o centro está permitido si se justifica, pero siempre en los primeros tres meses tras la resolución.
  • El incumplimiento de la formación o no acreditarla dentro del plazo puede resultar en la cancelación del permiso.

El contexto del cambio legal

La reforma migratoria que entró en vigor en mayo de 2025 busca regularizar hasta 300 000 personas al año, facilitando vías más justas, prácticas y actualizadas. En este marco, el arraigo socioformativo representa una solución real que combina formación, inserción y residencia segura.

En resumen

El arraigo socioformativo es una vía legal potente y moderna que abre paso a quienes desean regularizarse mediante la formación y el trabajo. Si cumples los requisitos y necesitas guía profesional para preparar esta solicitud correctamente, en Migración Legal estamos listos para ayudarte.
Reserva ahora y afronta tu proceso con confianza, precisión y asesoramiento experto.

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