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La figura del arraigo sociolaboral, introducida con la reciente reforma del Reglamento de Extranjería que entró en vigor el 20 de mayo de 2025, supone una revolución para las personas extranjeras que desean regularizar su situación legal en España mediante su relación con el empleo (nuevo Real Decreto 1155/2024).
¿En qué consiste y qué cambios trae la reforma?
Antes conocida como «arraigo laboral», el arraigo sociolaboral se caracteriza por permitir el acceso a un permiso de residencia y trabajo a personas que han vivido en España al menos dos años continuados y pueden demostrar vínculos laborales. La principal novedad introducida en mayo de 2025 fue la reducción del requisito de residencia de tres a dos años y la flexibilización de los contratos necesarios, exigiendo ahora una jornada mínima de 20 horas semanales en lugar de 30.
Según las instrucciones SEM 1/2025, son aceptables tanto contratos por cuenta ajena como combinaciones de ellos que sumen esas horas mínimas y una duración total mínima de 90 días.
Requisitos imprescindibles
- Residencia continuada en España durante al menos dos años, con ausencias inferiores a 90 días.
- Ausencia de antecedentes penales, tanto en España como en residencias anteriores dentro de los últimos cinco años.
- Contrato de trabajo que sume al menos 20 h semanales y un total mínimo de 90 días. El empleador debe estar al corriente con Seguridad Social e impuestos.
- Formulario EX‑10 correctamente completado, modelo 790 de tasas pagado, pasaporte y empadronamiento histórico.
Documentación que debes preparar
- EX‑10, en duplicado y firmado por el solicitante.
- Pasaporte o documento de viaje, vigentes.
- Empadronamiento histórico que demuestre residencia de dos años.
- Contratos laborales y alta en Seguridad Social, que prueben el cumplimiento de los requisitos.
- Certificados de antecedentes penales, apostillados y traducidos cuando sea necesario.
- Justificante de pago de tasas, modelo 790 con código 052
Pasos para presentar correctamente tu solicitud
- Reúne y ordena tu documentación: esta presentación organizada facilita la evaluación.
- Solicita cita previa, ya sea en la oficina de extranjería o vía telemática en la sede Mercurio.
- Presenta tu expediente completo.
- La Administración dispone de hasta 3 meses para resolver la solicitud; si no responde, se considera denegada (silencio administrativo negativo).
- Si tu solicitud es aprobada, podrás recoger tu TIE y comenzar a trabajar legalmente en el país.
¿Por qué esta opción es una oportunidad real?
- La reforma legal simplifica los requisitos y flexibiliza el mercado laboral, incluyendo trabajos temporales o parciales como válidos para la solicitud.
- Esta vía facilita el acceso legal al empleo en sectores con alta demanda como agricultura, hostelería y cuidado personal.
- El permiso inicial tiene una duración de un año, con opción a renovación siempre que se justifiquen medios de vida y continuidad en el trabajo o búsqueda activa de empleo.
Errores frecuentes que debes evitar
- Contratos con menos de 20 horas o mal acumulados entre empleos.
- Empadronamientos incompletos o con ausencias superiores a 90 días.
- Tasas mal pagadas o errores en el EX‑10.
- Antecedentes sin legalización ni traducción.
- Empleadores fuera de obligaciones fiscales o sin documentación de solvencia
Conclusión
El arraigo sociolaboral es una vía segura y accesible tras la entrada en vigor del reglamento de mayo de 2025, que busca proporcionar una ruta legal clara a muchos extranjeros que ya residen en España de forma irregular. Su flexibilidad y actualización normativa lo convierten en una opción viable y realista si cumples con los requisitos.Desde Migración Legal, estamos listos para ayudarte a preparar tu solicitud correctamente y maximizar las posibilidades de éxito.
Reserva tu cita y déjanos acompañarte en cada paso del proceso.